CNMV: ‘policía’ del conocimiento

Las entidades deben garantizar que se informe de forma clara a los inversores sobre los productos y servicios de inversión.

ÁNGEL BERGES | MONICA GUARDADO | EL PAIS, 25 ABR 2017

Hace apenas un año, y en estas mismas páginas, dábamos cuenta de las nuevas exigencias que la nueva Directiva de Mercados e Instrumentos Financieros, conocida como MIFID-II, iba a imponer en términos de cualificación financiera a todos los profesionales de entidades financieras que asesoran, o simplemente informan, sobre productos e instrumentos de inversión. Se trataba con ello de evitar que en el futuro se vuelvan a repetir los errores cometidos en la comercialización de productos financieros, que a su vez ha provocado un importante daño reputacional a un sector, el financiero y especialmente el bancario, cuya razón de ser descansa precisamente en la confianza.

En este sentido, la mencionada Directiva exige a las entidades garantizar que a sus clientes inversores se les provee con información clara y relevante sobre los productos y servicios de inversión, así como que los productos que se les ofrece en cada momento son los que mejor se adecúan a sus necesidades financieras y objetivos de inversión. Pero no solo eso, sino que se establece la exigencia de que las entidades aseguren y demuestren que todos los profesionales que asesoran y/o informan a clientes sobre instrumentos y servicios de inversión poseen los necesarios conocimientos y competencias, para lo cual delega la concreción de esas exigencias en las autoridades competentes, es decir, la Autoridad Europea de Mercados de Valores (ESMA), y la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).